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REDACCIÓN

23 Agosto, 2010

Nueva norma para agilizar los trámites con la DGT

El pasado 23 de julio de 2010, la Dirección General de Tráfico acordó la no obligatoriedad de presentar el impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica ante Tráfico, una vez abonado, para realizar cualquier trámite administrativo en las dependencias provinciales. Con esta medida se pretenden simplificar las gestiones que los ciudadanos tengan que realizar con sus vehículos.

Actualmente, a partir de la fecha de publicación de esta resolución, solamente será exigible la acreditación del pago del impuesto de circulación, ante la Jefatura de Tráfico, si no consta que el titular del vehículo haya abonado el importe de dicho impuesto. Anteriormente a la publicación de esta norma, los ciudadanos que deseaban realizar un cambio de titularidad debían acreditar el pago del impuesto correspondiente al ejercicio anterior al de la solicitud del trámite.

Con este objetivo, y una vez acabado el período de recaudación del Impuesto de Circulación, los Ayuntamientos enviarán informáticamente al Registro de Vehículos de la DGT una relación de todos los ciudadanos que no hayan abonado el importe del impuesto. De esta manera, únicamente deberán presentar acreditación aquellos ciudadanos que no lo hayan hecho efectivo, si realizan cualquier trámite ante las Jefaturas de Tráfico.

Con esta norma, se conseguirá una reducción anual de 3 millones de euros en concepto de trámites administrativos, derivados de las jornadas correspondientes a 100 funcionarios de la Administración Central y Local. Además, se calcula un ahorro de 22 millones de euros, por parte de los ciudadanos, como resultado de la pérdida de horas laborales y gastos de desplazamiento para realizar este tipo de trámites.

La entrada en vigor de esta norma tendrá lugar el 1 de enero de 2011. A partir de esta fecha, los ciudadanos que estén al corriente en el pago del Impuesto de Circulación y tengan que realizar algún trámite referente a su vehículo no tendrán que acreditarlo ante Tráfico.

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